libro de reclamaciones

Datos de la Persona que presenta el Reclamo:

Identificación del bien contratado:

Producto / Servicio

Detalle de la reclamación y pedido del consumidor:

Reclamo / Queja

Que, el articulo 150° de l Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, dispone que los establecimientos comerciales deben contar con un Libre de Reclamaciones, en forma física o virtual y que el Reglamento establece las condiciones, los supuestos y las demaás especificaciones para el cumplimiento de la obligación señalada en el mencionado artículo.

RECLAMO:
Disconformidad a los productos o servicios.
QUEJA:
Disconformidad no relacionada a los productos o servicios; o, malestar o descontento respecto a la atención al público.

*La fomulación de reclamo no impide acudir a otras vías de solución de controversias ni es requisito previo para interponer una denuncia ante el INDECOPI.

*El proveedor debe dar respuesta al reclamo en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, pudiendo ampliar el plazo hasta por treinta (30) días más, previa comunicación al consumidor.

29/03/24 1:30 pm